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¿Cómo registro a mi pareja ante el IMSS sin estar casados? Estos son los requisitos

Una pareja puede ser registrada ante el IMSS incluso aunque no se trate de un matrimonio.

¿Cómo registro a mi pareja ante el IMSS sin estar casados?
¿Cómo registro a mi pareja ante el IMSS sin estar casados?Créditos: Unsplash / IMSS
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Tener un empleo formal tiene diferentes beneficios, entre ellos ser acreedor al servicio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al cual también se pueden registrar ciertos parientes del beneficiario; no obstante, aunque se cree que en el caso de una pareja es necesario estar casados para que pueda ser dado de alta, no es así, y aquí te decimos cuáles son los requisitos a cumplir para poder hacer su registro.

Cuando un trabajador del sector formal en México está dado de alta ante el IMSS, esto implica que otros parientes suyos también pueden ser acreedores al servicio, entre ellos también la pareja, incluso cuando no se trata de un matrimonio, lo cual está establecido en Ley del Seguro Social

El IMSS permite el registro de concubinas o concubinos.
Foto: X @Tu_IMSS

La Ley del IMSS señala que es posible dar de alta en la Unidad Médica Familiar (UMF) a las concubinas y concubinos de los trabajadores del sector formal mexicano; no obstante, es necesario cumplir con una serie de condiciones y requisitos, los cuales te explicaremos a continuación. 

¿Qué requisitos se deben cumplir para registrar a un concubino(a) ante el IMSS?

El IMSS informa a través de su portal oficial de internet que la pareja (es decir, el concubino o concubina) puede ser registrado ante el Seguro Social cuando tenga una convivencia y dependencia económica de 5 años o un hijo procreado con el asegurado(a) o pensionado(a). Asimismo, será necesario que cuente con los siguientes documentos

  • Identificación oficial (INE, pasaporte vigente, Cartilla del Servicio Militar, cédula profesional, matrícula consular, tarjeta/cédula/carnet de identidad de ciudadanos extranjeros, forma migratoria FM2 o FM3, ADIMSS.
  • Número de Seguridad Social. 
  • CURP.
  • Fotografía infantil.
  • Comprobante de domicilio (contrato de arrendamiento o subarrendamiento acompañado del último recibo de pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales, de fideicomiso debidamente protocolizado, de apertura de cuenta bancaria, recibo de luz, teléfono fijo, agua, gas, televisión de paga con una antigüedad no mayor a tres meses, de predial y tenencia vehicular (del año en curso); por otro lado, puede ser una copia certificada de escrituras de la propiedad, estado de cuenta con antigüedad no mayor a tres meses expedido por las instituciones del sistema financiero. 
  • Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común). 
Es necesario presentar varios documentos para poder realizar el registro ante el IMSS.
Foto: Unsplash

¿Cómo se puede hacer el registro?

Una vez que se tengan todos los documentos solicitados en original, el registro del concubino o concubina se puede hacer de forma presencial, en la UMF que corresponda al beneficiario, de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS; o en línea, usando la e.firma, a través de este link.

vcz.